¿Tienes hijos? ¿Vas a tenerlos próximamente? Pues muy atentos porque te vamos a explicar 9 ayudas económicas y sociales que ofrecen las distintas administraciones y además, al final vamos a explicar una ayuda que va específicamente dirigidas a las mujeres y suponen €1200, así que atentos si tenéis hijos.
Tener un hijo siempre ha sido una alegría, una responsabilidad y además, un gran varapalo a los bolsillos de muchas familias. Las dificultades económicas derivadas de la pandemia del coronavirus Unidas a la precariedad laboral y a la subida de los precios de la vivienda provocan muy a menudo que las familias con hijos pasen por un verdadero calvario a la hora de llegar a fin de mes.
Sin embargo, existen una serie de ayudas y subvenciones para familias con hijos. Que pueden dar un empujón una ayuda económica para poder hacer frente a los gastos que supone la llegada de un nuevo bebé.
Estas ayudas tienen como objetivo favorecer la crianza del menor y pueden llegar en forma de dinero o de apoyo social.
Tabla de Contenidos
Ayuda por baja de maternidad y paternidad
El Gobierno tiene previsto presentar una nueva ley, denominada ley de familias. Por las que se prevé una ampliación gradual de la prestación hasta los 6 meses para cada miembro de la pareja que se alcanzaría en el año 2026 o un año si se trata de una familia monoparental.
Hasta entonces la situación seguirá igual las 16 semanas de permiso para ambos progenitores se pueden dividir de la siguiente manera, es decir, hay 16 semanas de permiso y se pueden distribuir así 6 semanas obligatoriamente.
Tienen que ser ininterrumpidas y a jornada completa y serán posteriores al parto por resolución judicial o decisión administrativa. En caso de que se trate de una adopción, la madre biológica puede anticipar este periodo hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista del parto. Las 10 semanas restantes se podrán disfrutar en periodos semanales en forma acumulada o ininterrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto.
En el caso de que se trate de adopción mediante resolución judicial o decisión administrativa, se puede ampliar la duración por una semana para cada progenitor y por cada hijo a partir del segundo en caso de nacimiento múltiple y en caso de discapacidad del hijo.
También es posible ampliación por parto prematuro y por hospitalización por un período superior a 7 días a continuación del parto y hasta un máximo de 13. Semanas.
Prestación económica por nacimiento de un hijo las prestaciones por maternidad y paternidad se unifican en una única prestación denominada nacimiento y cuidado de menor, que consistirá en un subsidio equivalente al cien por cien de una base reguladora.
Esta base es equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Se trata de un subsidio que se da en el caso de nacimiento o adopción múltiple.
¿Quién lo puede solicitar? Las madres solteras con alguna discapacidad o las familias numerosas y además se trata de un pago único de €1000 que perciben los progenitores o los adoptantes para ver si se tiene derecho se tienen en cuenta los ingresos que no pueden superar el nivel máximo establecido en el caso de que los salarios no lleguen a los ingresos mínimos, se abonará la prestación íntegra de €1000 en caso de ser superiores al límite mínimo, se percibirá una asignación igual a la diferencia de sumar.
Al límite mínimo €1000 y los ingresos, es decir, límite mínimo, más €1000, menos ingresos, siempre que los ingresos no superen los máximos.
Nueva ayuda de hasta €100 mensuales para las familias
El Gobierno ha aprobado recientemente un nuevo complemento, es decir, se suma a la cantidad que se esté percibiendo con carácter mensual de la ayuda para la infancia que se abona a los perceptores del ingreso mínimo vital y también, y también para familias con escasos recursos económicos, y está en función de cada menor de edad.
Miembro de la unidad de convivencia y también en función de su edad. El correspondiente a cada ejercicio económico tiene el siguiente importe por cada tramo, los menores de 3 años se percibirá un complemento de €100, mayores de 3 años y menores de 6 años.
Se recibirá un complemento de €70 y los que tengan más de 6 años pero lleguen hasta 18 €50 mensuales, también pueden percibir este complemento. Como hemos dicho, las unidades de convivencia cuyos ingresos estén en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud, inferiores al 300 por 100 de la cuantía garantizada por el ingreso mínimo vital y cuyo patrimonio neto sea inferior a 150% de los límites establecidos con carácter general, siempre que además se cumpla el límite de activos no societarios establecido para cada unidad de convivencia.
En definitiva, para no liarse es los que se encuentren en una situación económica bastante desfavorecida.
Ayuda familiar por hijo o menor acogido
Para solicitar esta ayuda, los hijos deben tener menos de 18 años, estando también incluidos los casos de mayores de esta edad que estén afectados por una discapacidad en grado igual o mayor al 65%. La ayuda variará en función de la edad y la discapacidad y está sujeta a unos límites máximos de ingresos para poder percibirla.
Cuando se trate de hijos o menores a cargo que sean menores de 18 años, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, desaparece la ayuda concedida por la Seguridad Social por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.
Y esta prestación se integra desde el año 2021, dentro del ingreso mínimo vital. Los mayores de 18 años con una discapacidad igual o mayor del 65%. En este caso, tampoco habría limitación de ingresos máximos y se concedería un importe de 4747,20 € anuales por hijo, lo que supone una cuantía de 395,60 € al mes.
Y el tercero de los casos es para mayores de 18 años con una discapacidad igual o mayor del 75%, como en los casos anteriores, no habría limitación de ingresos. El importe de esta ayuda asciende a 7120,80 €. Al año, lo que suponen 593,40 € al mes.
Las familias con hijos menores también se pueden acoger al ingreso mínimo vital, que se trata de una prestación económica que se percibe de forma mensual. La anterior ayuda por hijo o menor a cargo, era de tipo semestral.
La cuantía viene determinada por la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de todas las rentas e ingresos que perciba la persona o la familia beneficiaria.
Ayuda por lactancia
Esto no quiere decir que solamente lo pueda coger la mujer, como vamos a ver a continuación. Y es que en la actualidad ambos progenitores tienen derecho a un permiso denominado de lactancia y no se puede ceder.
¿Qué quiere decir esto? Pues que el que no ejerza este permiso lo pierde. ¿Hasta cuándo dura? Pues hasta que el hijo cumpla los 9 meses, es posible decidir cómo distribuir ese tiempo a lo largo del día en función de si media hora.
Libre y retribuida cada día laborable al principio o al final de la jornada o una hora libre y retribuida cada día laboral dentro de la jornada a acumular todas las horas libres en varios días libres y retribuidos, aparte del permiso por nacimiento y cuidado del menor y este permiso de lactancia es perfectamente compatible también con la reducción de jornada por cuidado de un hijo.
Sin embargo, no es compatible, es decir, es incompatible. Con la excedencia por cuidado de un menor de 3 años deducción por familia numerosa se trata de una deducción específica para familias numerosas que puede aplicarse en la declaración de la renta o bien recibirse en un abono anticipado a razón de €100 mensuales, lo que supone €1200 anuales.
En el caso de que se trate de familias numerosas de categoría general o con hijos con discapacidad o puede ascender a €200 mensuales, lo que supone. €2400 anuales.
Si se trata de familias numerosas de categoría especial, es imprescindible ser poseedor del título que te acredita como familia numerosa, tanto de categoría general 3 o cuatro hijos como categoría especial 5 o más, para beneficiarse de ellas es necesario estar activo en la Seguridad Social, aunque en el caso de ser familia numerosa también se aplica a desempleados que estén cobrando subsidio, y también para pensionistas.
Vamos a ver a continuación dos ayudas que ofrece el servicio público de Empleo Estatal, el SEPE.
Ayuda familiar
Se trata de un subsidio que está destinado para las madres con cargas familiares y que hayan agotado la prestación por desempleo y el segundo es la denominada o el denominado subsidio por insuficiencia de cotización.
En este caso lo pueden solicitar ambos cónyuges y se solicita cuando no se haya cotizado. Lo suficiente para poder solicitar o acceder a la prestación contributiva. Solo hace falta que se hayan cotizado 3 meses para poder solicitarlo.
Si se tienen hijos a cargo o 6 en el caso de que se trate de responsabilidades familiares. Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador o a una cuidadora familiar si resulta necesario contratar a una persona que permita conciliar la vida familiar y laboral, existe una bonificación de casi la mitad del 45% de las cuotas que se hayan de pagar a la Seguridad Social para el caso de familias numerosas y también para el caso de familias monoparentales.
Ayuda de €1200 destinada a las mujeres
Ayuda de €100 al mes para madres trabajadoras o también deducción por maternidad. Se trata de una ayuda para madres trabajadoras tanto por cuenta ajena o para autónomas, es decir, para cualquier mujer trabajadora, sea para una empresa o trabajando, pues para sí misma en un negocio.
Se trata de la deducción por maternidad que puede percibirse en forma también, como hemos dicho, de una manera anual deduciéndolo del impuesto sobre la renta de las personas físicas hasta los €1200 y hasta que el niño cumpla 3 años, o también se puede solicitar que se abone en tu cuenta corriente anticipadamente y durante mes a mes los €100 hasta que el niño cumpla los 3 años.
También decir que se iba a incrementar hasta en €1000 adicionales la deducción por maternidad por cada hijo por el que tengas derecho a la deducción si has pagado en el ejercicio gastos de custodia del hijo menor de 3 años.
Bueno, en condiciones generales decir que se puede percibir €100 mensuales o que te deduzcan en la declaración de la renta €1200. Pero ojo, si resulta que nace el niño y nos vamos deduciendo mes a mes. Y al año siguiente nace otro niño. Nos vamos a ir acumulando, es decir, nos van a pagar €200 mensuales. Ojo, es acumulativo.
Además de las ayudas que acabamos de ver, que van destinadas específicamente a familias con hijos o personas con hijos, existen otras ayudas que se pueden solicitar y es como por ejemplo los distintos bonos sociales, el de Internet, el del agua, el telefónico, etcétera.
Otras ayudas, como por ejemplo en las cuestiones relativas al desempleo, al paro, los subsidios, las prestaciones. También ayudas económicas para personas sin recursos y las que hemos dicho que están destinadas al ingreso mínimo vital.